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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228966
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 614
PRUEBA TESTIMONIAL. TESTIGOS INHABILITADOS POR HABER DEMANDADO A UNA DE LAS PARTES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 614
No puede darse valor probatorio al dicho de testigos que fueron personas que demandaron a una de las partes del juicio, porque tal circunstancia los inhabilita como elementos dignos de fe ya que existe de por medio animosidad contra una de las partes.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 881/87. Laura Delia Fierros Sandoval.- 3 de febrero de 1988.- Unanimidad de votos.- Ponente: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo.- Secretario: Antonio Hernández Lozano.
Amparo directo 96/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Antonio Valdivia Hernández.