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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229029
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 643
RECURSO DE QUEJA. QUEDA SIN MATERIA CUANDO EXISTE CAMBIO DE SITUACION JURIDICA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 643
Si el auto recurrido en queja resuelve respecto de una solicitud de revocación del acuerdo que provee acerca de la suspensión provisional en el incidente de que se trata, y de autos se desprende que se dictó resolución respecto a la suspensión definitiva de los actos reclamados, dicha sentencia sustituye las actuaciones relativas a la suspensión provisional, haciendo que éstas queden sin efectos y, por tanto, la queja hecha valer queda sin materia.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 296/88. María del Socorro Martínez Nieto. 17 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretaria: Adela Domínguez Salazar.