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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 652
RECURSOS Y PROMOCIONES FRIVOLOS O IMPROCEDENTES, DESECHAMIENTO DE LOS. DEBE MOTIVARSE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 652
La simple cita de una disposición legal, en el caso del artículo 41 del Código de Procedimientos Civiles de Nuevo León, en el auto que desecha un recurso por considerarlo notoriamente frívolo o improcedente, no basta para concluir que dicho acto de autoridad esté motivado, en términos del artículo 16 de la Constitución Federal, si en él no se señalan ni precisan las circunstancias especiales y razones particulares que se hayan tenido en cuenta para la emisión del acto.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 112/89. José Ramos Torres. 12 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Anastasio González Martínez.