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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229056
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 659

REINSTALACION, NO ES LEGALMENTE INDISPENSABLE QUE EL TRABAJADOR COMPAREZCA PERSONALMENTE ANTE LA JUNTA A ACEPTAR LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 659

Precedentes

Amparo directo 673/88. María Guadalupe Méndez Navarro. 11 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gloria Tello Cuevas. Secretaria: Ma. Guadalupe Vega Cabrera.
Registro digital (IUS): 229056