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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229064
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 662

RELACION LABORAL, PRUEBA DE LA, CUANDO SE SUSPENDE LA AUDIENCIA POR PLATICAS CONCILIATORIAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 662

Precedentes

Amparo directo 12777/88. Ventura Medina Mendoza. 7 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretario: César Espinosa Suárez del Real.
Registro digital (IUS): 229064