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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229069
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 664

REMATE, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA EL AUTO QUE ORDENA CELEBRAR EL, Y DISPONE RESPETAR EL DERECHO AL TANTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 664

Precedentes

Improcedencia 93/88. Ramón Ríos González. 14 de marzo de 1989. Mayoría de votos de los magistrados María de los Angeles E. Chavira Martínez y Carlos Hidalgo Riestra. Disidente: Jorge Figueroa Cacho. Ponente: María de los Angeles E. Chavira Martínez. Secretaria: Martha Muro Arellano.
Registro digital (IUS): 229069