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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229128
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 763

SEGURO SOCIAL, LEGITIMACION PARA INTERPONER REVISION, CUANDO SE AFECTA EL INTERES FISCAL DE LA FEDERACION NO LA TIENE EL INSTITUTO MEXICANO DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 763

Precedentes

Revisión fiscal 41/89. Importadores Marco Polo, S. A. 8 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Teódulo Angeles Espino. Revisión fiscal 1151/88. Construcciones Viam, S. A. 25 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Salvador Mondragón Reyes.
Registro digital (IUS): 229128