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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229132
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 766

SEGURO SOCIAL, PENSIONES A CARGO DEL. IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO A SU OTORGAMIENTO, NO ASI DEL PAGO DE LAS QUE SE HAN CAUSADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 766

Precedentes

Amparo directo 12247/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 27 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretaria: María Antonieta Parra Rosas.
Registro digital (IUS): 229132