Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/229177
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 792
SOCIEDADES IRREGULARES, ACCION PARA OBTENER EL PAGO DE UTILIDADES EN LAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 792
Durante la tramitación de un juicio para recibir el pago de las utilidades obtenidas en una sociedad irregular, la acción intentada tiene como presupuestos indispensables la existencia, sin lugar a dudas, de la sociedad y de los estatutos normadores de su actividad, donde consten tanto las aportaciones de cada socio como sus derechos y obligaciones, es decir, los elementos indispensables para definir y precisar tanto el derecho a las utilidades como la comprobación de la suma entregada o su cuantía.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 151/89. Marcelo Valdez Martínez. 20 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.