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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229210
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 808

SUSPENSION IMPROCEDENTE. CUANDO SE RECLAMA EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISION TECNICA CONSULTIVA DE LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 808

Precedentes

Incidente en revisión 2606/88. Ana María Aguirre Gómez de Márquez. 17 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Alejandro Luna Ramos. Secretario: Ricardo Barbosa Analís.
Registro digital (IUS): 229210