Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/229218
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229218
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 813
SUSPENSION PEDIDA POR TERCEROS EXTRAÑOS A UN PROCEDIMIENTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 813
Para el otorgamiento de la suspensión definitiva solicitada por terceros extraños al procedimiento del que emanan los actos reclamados, no basta que la ejecución de éstos sea inminente, sino que es necesario que el quejoso acredite, aun cuando sea de manera presuntiva, su interés en que se suspenda la ejecución de dicho acto.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 7/89. Antonio Marcial Zárate Palacios. 28 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Ruth Ramírez Núñez.