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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229225
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 816
SUSPENSION, PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 816
Como el incidente de suspensión se tramita por cuerda separada, si el quejoso necesita comprobar algún hecho en dicho incidente con documentos exhibidos en el juicio principal, es necesario que solicite la compulsa de esos documentos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 10/89. León Caballero García y otros. 14 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Pérez González. Secretaria: María Elena Solórzano Avila.
Reitera el criterio sustentado en la jurisprudencia 316/85, octava parte.