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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 817
TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, PUEDE PROMOVERSE ANTES DE QUE SE FINQUE EL REMATE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 817
No es aplicable el artículo 735 de la Ley Federal del Trabajo para declarar extemporáneo el juicio de tercería; ya que no se trata de las partes contendientes en el juicio laboral sino de un tercero extraño a juicio; asimismo, el Título Quince, Capítulo II, Sección Primera del mismo ordenamiento legal, que regula lo relativo a las tercerías, prevé en el artículo 977, fracciones I y IV, que se interpondrá por escrito y que la tercería excluyente de dominio suspenderá únicamente el acto de remate; de donde se interpreta que puede promoverse hasta antes de que se finque el remate.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 8011/88. Caminos y Dragas, S.A. de C.V. 16 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 143/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 151/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 394, con el rubro: "TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. PUEDE PROMOVERSE HASTA ANTES DE QUE EL REMATE SE DECLARE FINCADO."