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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 823
TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO. INEFICACIA DE LAS RETRACTACIONES DE LOS TESTIGOS INSTRUMENTALES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 823
Cuando el testigo firma el testamento, la ley, que consagra su ministerio, lo presume honrado y digno de toda confianza, y el testador que lo llama, confirma esta presunción de probidad; pero en el momento en que declara contrariamente al testamento que ha firmado, se coloca en la alternativa de ser o de haber sido un perjuro; y no puede declararse la nulidad del testamento con la sola confianza en su dicho, puesto que quizás al decir que el acta es falsa, es cuando incurre en mentira.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 80/89. Juan Manuel Carrillo Martínez y coagraviados. 30 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: José Gilberto Moreno Gracia.