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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 833
TITULOS DE CREDITO. SU EXTRAVIO DURANTE LA SECUELA DEL PROCEDIMIENTO. CORRESPONDE SU REPOSICION COMO ACTUACION JUDICIAL AL TRIBUNAL QUE CONOCE DEL JUICIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 833
Si un título de crédito, por causas ajenas a la actora, se extravía durante la secuela procedimental, el procedimiento idóneo que deberá intentarse ante el órgano jurisdiccional, tendiente a reponer, en su caso el título de crédito fundatorio de la acción principal será conforme al artículo 70 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en términos del artículo 1051 del Código Mercantil; precepto que tiene plena aplicabilidad, porque las constancias de autos informan que el extravío sucedió con posterioridad a la diligencia de requerimiento de pago y emplazamiento a juicio, situación esta por la que, obviamente ese título de crédito tiene también la característica de uno de los elementos integrantes o pieza de autos, indispensables para el ejercicio y tramitación del Juicio Ejecutivo Mercantil.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1313/89. Hugo Scherer Castillo y Autotransportes Hupaca, S.A. de C.V. 20 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Vicente C. Banderas Trigos.