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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 854
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, REPRESENTACION DE LAS PERSONAS MORALES ANTE EL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 854
De conformidad con lo establecido por el artículo 19 del Código Fiscal de la Federación, en relación con el 200 del mismo ordenamiento, la representación de las personas morales para promover en el procedimiento de carácter contencioso administrativo ante el Tribunal Fiscal de la Federación, deberá ser al través de escritura pública, y en el presente caso, la copia fotostática cotejada de un acta de asamblea extraordinaria de accionista, no tiene tal carácter, por lo que la responsable no conculcó garantías a la quejosa sobreseyendo el juicio por tal motivo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 434/88. Restaurant Posada del Virrey, S.A. 25 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Paulino Lorea Hernández.