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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o. A. J/2 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229342
- Clave de tesis
- I.5o. A. J/2
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 900
COMERCIANTES PERMANENTES, EJERCICIO DE ACTIVIDADES DE LOS. REQUIERE DE EMPADRONAMIENTO.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 900
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 3o, fracción II, y 26 del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, el ejercicio de actividades de los comerciantes permanentes está condicionado a la obtención del empadronamiento respectivo en el Departamento de Mercados de la Tesorería del Distrito Federal, para cuyo efecto se requiere que se cumplan determinados requisitos, entre los que se encuentran el obtener licencia sanitaria, por lo anterior, de concederse la suspensión sin reunir ese requisito, se contravendrían disposiciones de orden público, en franco desapego al artículo 124, fracción II, de la Ley de Amparo.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 15/88. Antonio Alvarez Ayala. 6 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretario: Manuel de J. Rosales Suárez.
Queja 19/88. Comerciantes Tianguistas y Pequeños Industriales de la República Mexicana, A. C. 7 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Secretaria: Zara Gabriela Martínez Peralta.
Queja 43/88. Alvaro Ventura Miguel y coagraviados. 25 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Secretario: Miguel Angel Antemate Chigo.
Queja 405/88. Marisela Hernández González. 31 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretario: Miguel de J. Rosales Suárez.
Incidente en revisión 2735/88. Jovita Sosa Alvirde y coagraviados. 13 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: Jesús Díaz Barber.