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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T. J/1 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229382
Clave de tesis
I.6o.T. J/1
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 937

QUEJA SIN MATERIA.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 937

Precedentes

Queja 176/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira. Queja 626/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: José Luis Martínez Luis. Queja 636/88. Fuerza y Clima, S.A. de C.V. 19 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira. Queja 486/88. Universidad Nacional Autónoma de México. 26 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: María Marcela Ramírez Cerrillo. Queja 696/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 24 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.
Registro digital (IUS): 229382