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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III. P. J/2 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229386
Clave de tesis
III. P. J/2
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 941

REPARACION DEL DAÑO. DEBE ESTAR DETERMINADO CON EXACTITUD EL MONTO DE LOS DAÑOS PARA QUE PROCEDA SU CONDENA.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 941

Precedentes

Amparo directo 182/86. Eliseo García López. 10 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero. Amparo directo 197/86. Margarita Fajardo Vázquez. 17 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero. Amparo directo 6/87. Agustín Reyes Molina. 20 de marzo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Montes Quintero. Amparo directo 169/86. Enriqueta Herrera Rodríguez. 3 de julio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Lira Martínez. Secretario: Miguel Angel Alvarado Servín. Amparo directo 23/89. Víctor Manuel Martínez Castillo. 9 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 36/2000-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 61/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, noviembre de 2001, página 21, con el rubro: "REPARACION DEL DAÑO. VALOR PROBATORIO DE LOS DICTAMENES PERICIALES EN LOS QUE SE DETERMINA SU MONTO (CODIGOS DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA LOS ESTADOS DE MEXICO Y DE JALISCO)."
Registro digital (IUS): 229386