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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o. A. J/4 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229388
Clave de tesis
I.5o. A. J/4
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 943

REVISION FISCAL. IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 943

Precedentes

Revisión fiscal 195/88. Ma. del Refugio Fernández Soriano. 6 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma de Fátima I. Sámano Hernández. Secretario: Rodolfo Bandala Avila. Revisión fiscal 375/89. Aga del Norte de Veracruz, S. A. 7 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: José Sánchez Moyaho. Revisión fiscal 505/89. Lumo Dinámica, S. A. de C. V. 12 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: Jesús Díaz Barber. Revisión fiscal 585/89. Herman Ruther Valencia y otra. 31 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Esteban Penagos López. Secretaria: Zara Gabriela Martínez Peralta. Revisión fiscal 625/89. Alberto Yu Lee. 9 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. de Fátima I. Sámano Hernández. Secretaria: Ma. Rocío Ruiz Rodríguez. Nota: Esta tesis también aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, número 16-18, Abril-Junio de 1989, página 95. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 541, pág. 390.
Registro digital (IUS): 229388