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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229427
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 977

ARRENDAMIENTO, ACCIONES DE RESCISION Y TERMINACION DEL CONTRATO DE. SI SE DECLARAN PROCEDENTES, AL RESULTAR INFUNDADOS LOS CONCEPTOS DE VIOLACION RESPECTO DE UNA DE ELLAS RESULTAN INOPERANTES LOS QUE IMPUGNA LA OTRA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 977

Precedentes

Amparo directo 253/88. Valente Salido Balderrama. 21 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Abdón Ruiz Miranda.
Registro digital (IUS): 229427