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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229465
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 1006
EMPLAZAMIENTO. REQUISITOS PARA QUE PROCEDA SU ESTUDIO EN LA APELACION INTERPUESTA CONTRA EL FALLO FINAL DE PRIMER GRADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 1006
Cuando el demandado en un juicio civil comparece a éste antes de que se dicte sentencia definitiva de primer grado, debe promover el incidente de nulidad contra el emplazamiento, si estima que se practicó ilegalmente y, si no lo hace así, es claro que el juzgador primario, ante la falta de planteamiento sobre el particular, se encuentra impedido para analizar la validez de dicha actuación y esto, a su vez, imposibilita al tribunal ad quem para abordar el estudio respectivo al resolver la apelación interpuesta contra el citado fallo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 498/86. Juan Alcalá Berumes. 24 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Gutiérrez Vidal. Secretario: Gustavo Alcaraz Núñez.