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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229472
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 1012

INVESTIGACION ADMINISTRATIVA PREVIA A LA RESCISION, OMISION DE LA, IMPLICA INJUSTIFICACION EN EL DESPIDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 1012

Precedentes

Amparo directo 348/87. Luis Iñiguez Hermosillo. 4 de noviembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Roberto Ruiz Martínez. Amparo directo 49/88. Almidones Mexicanos, S.A. de C.V. 15 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Roberto Ruiz Martínez. Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte 1 página 368.
Registro digital (IUS): 229472