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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229520
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 1057

SOBRESEIMIENTO. PROCEDE DECRETARLO CUANDO LOS QUEJOSOS CARECEN DE LEGITIMACION PARA RECLAMAR, POR SU PROPIO DERECHO, UNA RESOLUCION (DEFINITIVA) QUE UNICAMENTE AFECTARIA LOS INTERESES PATRIMONIALES DE SU MENOR HIJA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 1057

Precedentes

Amparo directo 62/88. Anselmo Cruz Martínez y Hortensia González de Vega. 16 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Gutiérrez Vidal. Secretario: Miguel Angel Blake Gómez.
Registro digital (IUS): 229520