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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229585
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 708

REVISION FISCAL, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE, CUANDO SE DECLARA LA NULIDAD DE UNA RESOLUCION PARA EL EFECTO DE QUE SE ANALICEN DIVERSOS ARGUMENTOS QUE SE OMITIERON ESTUDIAR.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 708

Precedentes

Revisión fiscal 54/89. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 23 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: José Pablo Sáyago Vargas.
Registro digital (IUS): 229585