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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229611
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 722

RIESGO DE TRABAJO, INDEMNIZACION POR. CORRESPONDE SU PAGO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN CASO DE SUBROGACION, AUN CUANDO SU PAGO SE RECLAME AL PATRON.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 722

Precedentes

Amparo directo 12132/88. María Luisa Monroy Colmenares. 3 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Catalina Pérez Bárcenas. Secretaria: Lidia Beristáin Gómez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.T. J/4, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, junio de 1998, página 567, de rubro: "RIESGO DE TRABAJO, INDEMNIZACIÓN POR. CORRESPONDE SU PAGO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN CASO DE SUBROGACIÓN, AUN CUANDO SU PAGO SE RECLAME DEL PATRÓN."
Registro digital (IUS): 229611