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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229615
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 724

RIESGOS DE TRABAJO, PENSION POR, A CARGO DEL SEGURO SOCIAL. SALARIO BASE PARA CUANTIFICARSE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 724

Precedentes

Amparo directo 626/89. Francisco Guzmán Gutiérrez. 30 de marzo de 1989. Mayoría de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretario: Oscar Castañeda Batres. Amparo directo 8756/88. Guadalupe Reyes Blancarte. 27 de octubre de 1988. Mayoría de Votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretario: Oscar Castañeda Batres. En contra del voto de la Magistrada María del Rosario Mota Cienfuegos. Octava Epoca, Tomo II, Segunda Parte-2, página 504.
Registro digital (IUS): 229615