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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229647
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 802

SUSPENSION DEFINITIVA IMPROCEDENTE RESPECTO DE ACTOS NO RECLAMADOS O QUE PROVIENEN DE AUTORIDADES DISTINTAS A LAS RESPONSABLES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 802

Precedentes

Incidente en revisión 586/89. Fábrica de Aceites La Central, S.A. 5 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretario: Francisco Alonso Fernández Barajas.
Registro digital (IUS): 229647