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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 837
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CAUSAL DE CESE DERIVADA DE UNA SENTENCIA DE PRIVACION DE LA LIBERTAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 837
La causal de cese prevista por el artículo 46, fracción V, inciso j), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, consistente en que el trabajador sea condenado a sufrir una pena de prisión, no se surte en los casos en que la sentencia condenatoria de privación de la libertad es conmutada por una multa; en virtud de que la razón que motiva y sustenta esa causa de cese se funda en la imposibilidad de que el trabajador pueda continuar desempeñando sus labores.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO
Precedentes
Amparo directo 12813/88. Telégrafos Nacionales. 15 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Arturo Mercado López.