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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229652
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 839

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE JALISCO RESCISION DE LA RELACION LABORAL, LA FALTA DEL AVISO DE, BASTA PARA CONSIDERARLA INJUSTIFICADA Y EXIME A LA JUNTA DE ANALIZAR SUS CAUSAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 839

Precedentes

Amparo directo 184/89. Congreso del Estado de Jalisco y otra. 14 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo. Secretario: Antonio Hernández Lozano. Nota: Por instrucciones del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, se da de baja esta tesis.
Registro digital (IUS): 229652