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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229710
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 57

ADJUDICACION, EL ACREEDOR NO EJECUTANTE CARECE DE LEGITIMACION PARA RECURRIR EL AUTO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 57

Precedentes

Amparo en revisión 283/88. Banca Serfín, S.N.C. 10 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario Atanasio González Martínez.
Registro digital (IUS): 229710