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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229713
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 59
AGRARIO. AFECTACION DE INTERES JURIDICO PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 59
Tratándose de un amparo de naturaleza agraria, no es necesario que los actos reclamados priven al núcleo de población quejoso de la propiedad o de la posesión y disfrute de sus tierras, aguas, pastos y montes, sino que basta que afecten o puedan afectar otros derechos agrarios, por lo que si a través de los actos reclamados se pueden afectar los derechos de explotación y disfrute de sus bosques, se afectan sus derechos jurídicos para los efectos del amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 181/88. Comisariado de Bienes Comunales de San Sebastián de las Grutas, Sola de Vega, Oaxaca y otros. 29 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Ruth Ramírez Núñez.