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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229742
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 73

AGRAVIOS EN LA APELACION. FALTA DE ESTUDIO DE LOS, VIOLA GARANTIAS INDIVIDUALES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 304/88. Francisco de Asís Silveira Jerónimo. 22 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez. Véase: Jurisprudencia número 16 y tercera tesis relacionada, publicadas en las páginas 40, 41 y 42 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985. Primera Sala.
Registro digital (IUS): 229742