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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 97
APELACION. LA LIMITACION DEL RECURSO DE, EN LOS JUICIOS SUMARIOS, ABARCA TAMBIEN LA FASE EJECUTIVA DE LA SENTENCIA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 97
La limitación del recurso de apelación en los juicios sumarios, contenida en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles de Jalisco, no se refiere únicamente al procedimiento de primera instancia, sino también a la fase de ejecución de sentencia, toda vez que la codificación mencionada no hace distinción alguna al respecto, y es principio de derecho el de que, donde la ley no distingue, no le es dable hacerlo al intérprete de la misma.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 173/88. J. Santos Días de Anda y Agustina Díaz de Anda. 31 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Secretario: Jorge Quezada Mendoza.
Notas:
Este criterio ha integrado la jurisprudencia III.3o.C. J/23, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, mayo de 2001, página 860, de rubro: "APELACIÓN, LA LIMITACIÓN DEL RECURSO DE, EN LOS JUICIOS SUMARIOS, ABARCA TAMBIÉN LA FASE EJECUTIVA DE LA SENTENCIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO)."
Esta tesis contendió en la contradicción 61/2001-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 10/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 74, con el rubro: "APELACION. ES IMPROCEDENTE ESE RECURSO CONTRA ACTOS Y RESOLUCIONES EMITIDOS EN LA ETAPA EJECUTIVA DEL JUICIO SUMARIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO)."