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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229874
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 140

AUTOTRANSPORTE. OFRECIMIENTO DEL TRABAJO DE MALA FE. SALARIO. CARGA DE LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 140

Precedentes

Amparo directo 8063/88. Benjamín Ortiz Soto. 28 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Guillermo Becerra Castellanos. Amparo directo 753/88. Helados Everest, S. A. 29 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: Juan Ávila Santacruz. Amparo directo 2663/87. Manuel Acevedo Sánchez. 2 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: Juan Ávila Santacruz. Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte-1, página 151.
Registro digital (IUS): 229874