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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229879
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 142
AVISO DE RESCISION DE LA RELACION LABORAL, ACTA ADMINISTRATIVA QUE HACE CONSTAR LA NEGATIVA DEL TRABAJADOR A RECIBIR EL. VALOR PROBATORIO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 142
Si el acta elaborada con el objeto de hacer constar la negativa del trabajador para recibir el oficio rescisorio, no fue ratificada por quienes en ella intervinieron, carece de valor probatorio, pues al contener aquélla una testimonial irregular, es necesario que los testigos acudan ante la responsable a ratificar, a fin de poderle otorgar valor probatorio.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 315/88. Javier Santiago Juana. 2 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.