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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229902
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 157

CLASIFICACION DEL DELITO, CAMBIO DE, EN EL AUTO DE FORMAL PRISION. CASO EN QUE NO ES VALIDO HACERLO.(ESTUPRO Y VIOLACION).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 157

Precedentes

Amparo en revisión 111/88. Bonfilio García Rojas. 28 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: Raúl Sergio Rincón Gallardo Hernández.
Registro digital (IUS): 229902