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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 171
COMPETENCIA POR RAZON DE LA CUANTIA, CASO EN QUE NO EXISTE SOMETIMIENTO TACITO A LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 171
No puede estimarse que la demandada se haya sometido tácitamente a la competencia por razón de la cuantía de un juez menor, por el hecho de haber comparecido ante el mismo contestando la demanda, si opuso la excepción de incompetencia haciéndola derivar de que las prestaciones que reclamaba en la reconvención excedían de la cuantía que corresponde a dicho juez.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 233/88. Roberto Sosa Martínez. 26 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Felipe García Cárdenas. Secretario: Sabino Pérez García.