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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229937
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 183

CONFESION EN MATERIA CIVIL. SU ADMISION EN LA SEGUNDA INSTANCIA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 183

Precedentes

Amparo directo 478/88. Miguel Aguayo Venegas. 27 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: María de los Angeles Chavira Martínez. Secretario: Miguel Lobato Martínez. Amparo directo 133/88. Margarita Plascencia Prieto de Plascencia. 27 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Roberto Macías Valdivia.
Registro digital (IUS): 229937