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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229941
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 185

CONFESION FICTA Y CONTESTACION DE LA DEMANDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 185

Precedentes

Amparo directo 8271/88. Saúl Martínez Lugo. 10 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Amparo directo 8971/88. José Luis Morales Dorante. 10 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Séptima Epoca: Volúmenes 205-216, Sexta Parte, página 125.
Registro digital (IUS): 229941