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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 229967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 204
DEFENSOR. ACEPTACION TACITA DEL CARGO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 204
Si el defensor nombrado realiza actos de defensa, como presentar un escrito por el que se interpone recurso de apelación a nombre de su representado, contra la sentencia definitiva, dentro del término legal, tal acto implica tácitamente la aceptación del cargo conferido; por lo que es indebido estimar extemporáneo el recurso interpuesto, con el argumento de que hasta después de vencido el término el juez acordó el cambio de defensor y éste aceptó expresamente el cargo, mismo que ya había ejercido tácitamente mediante su promoción.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 215/88. Juan José Guerrero Osnaya. 30 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretaria: María del Carmen Villanueva Zavala.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 2/90 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 5/91, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VIII, agosto de 1991, página 65, con el rubro: "DEFENSOR. RECONOCIMIENTO DEL CARACTER DE. PARA ELLO DEBE CONSTAR FEHACIENTEMENTE SU ACEPTACION. YA SEA EXPRESA O TACITA."