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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229984
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 214

DEMANDA DE AMPARO, PRESENTACION ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. CUANDO EL QUEJOSO LA RECOGE PARA EXHIBIRLA ANTE UN JUEZ DE DISTRITO, NO SE INTERRUMPE EL TERMINO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 214

Precedentes

Amparo en revisión 899/88. Karate Do Japonés Shotokan, S.A. 14 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: Ricardo Romero Vázquez.
Registro digital (IUS): 229984