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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
229985
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 214

DEMANDA DE AMPARO. RATIFICACION DE SU FIRMA Y LA DE LOS ESCRITOS ACLARATORIOS. NO REQUIERE DE MEDIDAS DE APREMIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 214

Precedentes

Amparo en revisión 1178/88. Ernesto Barocio Quijano. 29 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Enrique Ramírez Gámez.
Registro digital (IUS): 229985