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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230031
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 241

EJERCICIO INDEBIDO DE FUNCIONES, DELITO DE, PREVISTO EN LA LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE OAXACA. NO LO COMETE EL JUEZ POR MINISTERIO DE LEY AL RESOLVER UN INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 241

Precedentes

Amparo en revisión 555/88. Pablo Villaseca Comonfort y otro. 9 de diciembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Amado Chiñas Fuentes.
Registro digital (IUS): 230031