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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230033
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 242

EJIDOS. SON CAUSANTES DE IMPUESTOS OBJETO DE UNA EXENCION PARCIAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 106, FRACCIONES I Y IX, DE LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 242

Precedentes

Amparo directo 422/87. Ejido Ganadero Cuauhtémoc. 5 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Marcos García José.
Registro digital (IUS): 230033