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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230086
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 269
FERROCARRILEROS, TRABAJADORES DE CONFIANZA. INTERPRETACION DE LA CLAUSULA 12 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 269
La cláusula 12 de las prevenciones generales del contrato colectivo que rige en el ferrocarril del Pacífico, Sociedad Anónima de Capital Variable, señala: "queda expresamente convenido que los siguientes puestos que están en manera alguna afectados ni amparados por las disposiciones del contrato, y, por consiguiente la empresa está facultada para nombrar a los funcionarios que los ocupen y removerlos a su arbitrio, dando preferencia en caso necesario a trabajadores en servicio del propio Ferrocarril del Pacífico ...", donde se observa que la norma contractual establece claramente que para cubrir los puestos ahí previsto, la empresa está facultada para nombrar y remover a su arbitrio a los funcionarios que los ocupen sin limitación alguna, que si bien prevé que en caso necesario se dará preferencia a trabajadores en servicio activo del propio ferrocarril, esta circunstancia no constituye una obligación ineludible para la empresa en la asignación de los puestos de esa naturaleza, ni mucho menos está obligada a tomar en cuenta la antigüedad del elegido, pues si lo considera idóneo para ocupar algún puesto nada le impide nombrarlo para tal efecto.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 105/88. Javier Flores Pinedo. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Roberto Ruiz Martínez.