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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230087
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 270

FIANZAS, PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE. EL AUTO DICTADO POR EL TRIBUNAL DE ALZADA QUE REVOCA LA ADMISION DE LA APELACION ES IRRECURRIBLE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 270

Precedentes

Amparo en revisión 1028/88. Fabricaciones, Ingeniería y Montajes, S. A. de C. V. 18 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Guillermo Campos Osorio.
Registro digital (IUS): 230087