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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 306
INVESTIGACION, TESTIGOS NO PRESENTES EN LA, SU CARGO NO INDICA QUE LES CONSTEN LOS HECHOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 306
Los cargos que ostenten los testigos dentro de la patronal, no hace que necesariamente les conste lo asentado en un acta de investigación levantada a un trabajador, sino estuvieron presentes en su verificación, pues al respecto resulta determinante su presencia al producirse los hechos motivo del acta y no el carácter que dentro de la empresa pudieran tener.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2305/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 20 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.