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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230168
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 311

JUNTAS LABORALES, REPRESENTANTES ANTE LAS. LA LEGITIMIDAD DE SU NOMBRAMIENTO NO PUEDE ANALIZARSE EN EL AMPARO DIRECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 311

Precedentes

Amparo directo 119/88. Alejandro Tangassi Martínez. 5 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Gilberto Vargas Chávez. Secretario: Moisés Duarte Briz.
Registro digital (IUS): 230168