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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230247
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 356

NULIDAD DE ACTUACIONES, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA SENTENCIA QUE ORDENA TRAMITAR UN INCIDENTE DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 356

Precedentes

Amparo en revisión 975/88. Munir Tanous Age y otros. 6 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Islas Domínguez. Secretario: Raúl Alberto Pérez Castillo. Nota: Esta tesis también aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte-2, página 1024, bajo el rubro: "NULIDAD DE ACTUACIONES, INCIDENTE DE, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA SENTENCIA QUE ORDENA TRAMITAR EL.".
Registro digital (IUS): 230247